¡Mamá, quiero ser artista! El título de esta comedia musical me vino a la cabeza ante la noticia de un presunto movimiento (¿movida?) que pretende que Muface sea considerada como la 'vigésima región' dentro del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS). La noticia (aquí) afirma que "fuentes cercanas a la mutualidad piden tener voz y voto" en dicho Consejo "para gestionar las prestaciones sanitarias", algo sin parangón en la UE. Hay que tener cuajo para pretender decidir sobre el SNS sin tener tal condición ni estar adscrito a “autoridad sanitaria” alguna, y cuando las prestaciones mutualistas a influyentes Cuerpos de funcionarios se externalizan por Muface a seguros privados, y se financian y gestionan rancho aparte del SNS. Hay que recordar que la Ley General de Sanidad (LGS) de 1986 y la Ley del Pacto de Toledo (LPT) de 1996, obligaban a los regímenes especiales funcionariales (Muface, Isfas, Mugeju y la extinta Munpal) a integrar su cobertura y adaptar sus fuentes de financiación sanitaria a lo dispuesto para el SNS, algo que, salvo en el caso de Munpal (aquí), se ha incumplido desde hace décadas. En cualquier caso, que aparezca ahora mismo esta noticia hace presagiar una próxima vuelta a la vieja normalidad. ¿Por qué digo eso? Veámoslo.
El asunto empezó en la vieja normalidad El 28 de enero de 2020, en plena vieja normalidad, fue nombrada Myriam Pallarés directora general de Muface. Como tal, concede Pallarés su primera entrevista a un medio dos días después (aquí). Redacción Médica, el medio elegido para dicha primera entrevista, destacó así lo expresado por Pallarés:
Por lo tanto, que reaparezca en estos momentos este asunto, que Muface quiera ser artista, es un buen presagio de que la vieja normalidad se encuentra cada vez más cerca.
Condiciones para que Muface pueda ser artista Lo mejor para los mutualistas sería que formaran parte del Sistema Nacional de Salud integrándose de forma plena, todos y cada uno de ellos, en el sistema regional de salud de la Comunidad en donde viven. Se daría así cumplimiento a lo ordenado por la LGS y la LPT. Pero si lo que se pretende es obviar esto y que Muface sea "comunidad autónoma sanitaria" con "voz y voto" en el Consejo Interterritorial, habría de cumplir algunas condiciones. Por orden de importancia, las siguientes:
1ª. Para garantizar el principio de imparcialidad e independencia, los sujetos incluidos en Muface que en la actualidad ocupan cargos de responsabilidad en las Comunidades Autónomas (CCAA) o en la Administración General del Estado, deberían cesar en el Régimen Especial de Muface y pasar a cotizar al Régimen General, que es el natural de los ciudadanos a quienes gobiernan. Es sencillamente un escándalo que, por ejemplo, los funcionarios del Ministerio de Sanidad tengan Muface (sobre el que no deciden pues depende del Ministerio de Administraciones Públicas) y no disfruten el SNS sobre el que sí deciden. Por lo mismo y por razones de estricta justicia, los sujetos mutualistas que en la actualidad disfrutan de derecho por pluriempleo a “doble aseguramiento público” SNS-Muface, situación harto frecuente en algunas CCAA, deberían optar entre adscribirse a uno u otro colectivo, previa aplicación de lo previsto en la LPT (que ordena al Gobierno a financiar la sanidad con impuestos/aportaciones del Estado y reservar las cotizaciones para la cobertura de IT y otras prestaciones mutualistas). Por ejemplo, a 1 de enero de 2021 residian en Castilla y León 2.394.818 personas y había 2.311.282 TSI del SNS más 121.266 tarjetas de seguro privado (Muface, Isfas o Mugeju), lo que suma 2.394.818 títulos y supone un exceso (con cobertura 100% poblacion INE) de 37.730 personas, atribuibles al colectivo privado y que representarían el 31% de éste (aquí).
2ª. Las reglas del juego de Muface que permiten cambiarse cada 6 meses (o incluso antes) de una aseguradora privada al SNS y viceversa, a conveniencia del mutualista (aconsejado o no por la aseguradora privada), deberían modificarse para evitar la centrifugación de los malos riesgos médicos hacia el SNS, a coste cero para Muface. Para ello, se debería anular la posibilidad de que los mutualistas puedan elegir la asistencia sanitaria del SNS o, al menos, alargar los plazos de cambio a éste, encomendando en todo caso la regulación de los mismos al Ministerio de Sanidad (nunca al INSS). Esta selección de riesgos se conoce desde hace décadas (aquí). En los últimos años, el porcentaje de mutualistas que eligen la asistencia sanitaria del SNS ha ido creciendo año tras año, incluso en los años de mayores recortes. Podría pensarse que se trata de una buena noticia que evidencia el desprestigio de las aseguradoras privadas. Nada más lejos de la realidad: es una mala noticia pues tal incremento de cambios es la expresión de la creciente selección de riesgos (aquí, aquí y aquí). Cuando el cambio se produce desde el SNS a una aseguradora privada concertada con Muface, el dinero sigue al paciente pues el concierto entre Muface y la aseguradora contempla la financiación capitativa. Sin embargo, el dinero no sigue al paciente cuando el cambio es a la inversa, de la aseguradora privada al SNS, cambio que ocurre a coste cero para Muface. La selección de riesgos también se promueve por un copago de receta mutualista, diferente al del SNS y tan igualitario entre activo y pensionista como inequitativo para con la población mutualista más enferma y anciana. Por ello, habría que igualar el copago en farmacia de receta mutualista al copago en farmacia de receta en el SNS, lo que evitaría la selección de riesgos farmacéuticos descritas minuciosamente en este blog entre la población con doble aseguramiento público (legal o ilegal) SNS-Muface (aquí y aquí).
3ª. Muface tendría que contar con un nivel de atención primaria en el esquema de atención sanitaria que ofrece a sus mutualistas y garantizar un sistema de inspección médico-farmacéutica similar.Esto significa acabar con el acceso directo al especialista, de forma que las aseguradoras concesionarias de Muface (la cual solo exige que haya 1 médico de familia por distrito postal) contraten a miles de médicos y enfermeras de familia, que funcionen con los mismos protocolos del SNS, actuen como primer contacto del paciente con dicho esquema de atención y estén sujetos a similares controles de inspección médico-farmacéutica, poniendo fin a la anómala y peligrosa custodia mutualista de talonarios de recetas y homologando sus partes de baja IT a los generales del INSS a efectos de posibilitar su gestión electrónica. Se atenuaría así la ineficiente prescripción mutualista descrita con detalle en este blog (aquí).Para mayor información sobre este punto consultar esta entrada previa en este blog (aquí).
4ª.Muface ha de contar con servicios de salud pública.
De ello fue parcialmente eximida por una Disposición Final de la Ley de Salud Pública de 2011 (aquí) (DF2ª-5º: "En materia de salud pública, se exceptúan de la Cartera de Servicios del Sistema Nacional de Salud en el ámbito de dichas Mutualidades las actuaciones de vigilancia epidemiológica, protección y promoción de la seguridad alimentaria, protección y promoción de la sanidad ambiental, vigilancia y control de los riesgos derivados de la importación y transito de bienes y viajeros, y las acciones generales de protección y promoción de la salud relacionadas con la prevención y abordaje de las epidemias y catástrofes"), una Disposición Final que, dicho sea
de paso, parecía redactada por la propia Muface. Por lo
tanto, Muface ha de garantizar, con sus propios medios y recursos,
programas de salud pública como, entre otros, la vacunación infantil,
los cribados de metabolopatías, de cáncer de mama y de colon, etc. para
sus mutualistas. Si, como hasta ahora generalmente ocurre, son los servicios
regionales del SNS, quienes prestan dichos servicios a todos los mutualistas,
Muface debería abonar a los servicios regionales de salud el coste de
dichas prestaciones de salud pública. Para mayor información sobre este punto consultar esta entrada previa en este blog (aquí).
5ª.
Muface ha de contar con servicios médico-quirúrgicos acreditados para
todos los trasplantes incluidos en el catálogo de prestaciones del SNS.
En caso contrario, Muface debería abonar a los servicios regionales del SNS el coste los trasplantes realizados a sus mutualistas pues, en la inmensa mayoría de los casos, el mutualista con opción privada candidato a trasplante, incitado muchas veces por la aseguradora privada, se pasa al SNS en algún momento de la evolución de su enfermedad antes de la realización del trasplante, lo que constituye un ejemplo paradigmático de selección de riesgos.
6ª.Muface ha de contar con formación sanitaria especializada acreditada (MIR, FIR, PIR, BIR, EIR, etc.).En caso contrario, Muface debería abonar al SNS un prorrateo del coste que supone al SNS la formación sanitaria especializada, una
cuantía anual proporcional a la población mutualista, en concepto de
formación especializada pues se aprovecha de dicha formación, en su
inmensa mayoría a cargo del SNS, sin contribuir en absoluto a su
sostenimiento. Otro tanto debería ocurrir con la investigación realizada por el SNS, de la cual también se beneficia Muface sin que contribuya a
su sostenimiento.
Si Muface es lo mejor, Muface para todos
El último informe de la Fundación IDIS, la voz de su amo respecto de la sanidad privada española, muestra los datos del supuesto ahorro que supone para el Estado "el ejercicio de las aseguradoras de salud en Muface" (aquí). En ese sentido, el IDIS estima que la Administración deja de gastar 451 euros por cada mutualista que escoja la sanidad privada para su asistencia sanitaria. Si tenemos en cuenta que el "ejercicio de las aseguradoras de salud en Muface" implica el pago por acto, se trata de un ahorro tan considerable como increíble que, de ser cierto, obligaría, por eficiencia y ética en la gestión de lo público, a implantar Muface para todos-toditos-todos los españoles y a pasar, cómo no, del pago por salario al pago por acto a los profesionales sanitarios de la sanidad pública española.
Menos bromas, más transparencia y que se cumpla la Ley Cuando, como ente gestor de lo público, Muface haga lo que tiene que hacer (y nunca ha hecho) para interrumpir la creciente centrifugación de los malos riesgos médicos (los más costosos) desde Muface hacia el SNS, contribuya financiando los costes correspondientes a las funciones que realiza el SNS de las que se beneficia sin contribuir lo más mínimo a su sostenimiento y, en la comparación con el SNS, se calcule el gasto per cápita de la asistencia sanitaria ajustando por riesgos (edad, sexo, morbimortalidad, clase social, etc.), entonces sabremos si de verdad el modelo Muface es más eficiente que el SNS en la asistencia sanitaria ofrecida o resulta que es al revés como parece ocurrir con la prescripción farmacéutica mutualista (aquí y aquí). Hasta entonces, menos bromas, más transparencia y, a ser posible, que se cumpla la Ley.
La Ley General de Sanidad de 1986 (aquí) ordenaba la integración en el SNS, a efectos de asistencia sanitaria, de los trabajadores adscritos a los regímenes especiales de los funcionarios civiles del Estado (Muface), al servicio de la Administración de Justicia (Mugeju) y los miembros de las Fuerzas Armadas (Isfas), como lo ordenaba para los trabajadores adscritos a otros regímenes especiales como el Agrario o el de los Trabajadores del Mar, tal como indica el primer punto de la Disposición Final Segunda de dicha Ley.
¿Por qué se integraron los trabajadores del régimen especial Agrario y el de los Trabajadores del Mar y no se hizo lo mismo con los trabajadores de los regímenes de Muface, Mugeju e Isfas? La respuesta, en esta presentación:
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