Una tarea de la justicia es evitar la arbitrariedad de los gobiernos cuando actúan contra derechos importantes de los ciudadanos. Se vio el pasado jueves con el auto del TSJ de Madrid (aquí) al que respondió el Gobierno con la declaración del estado de alarma en Madrid ayer viernes. A nuestros gobernantes les gusta cada vez más la arbitrariedad y su cuerpo les pide un "aquí mando yo" de no te menees. Así fue durante el estado de alarma respecto de la movilidad de los ciudadanos y los derechos laborales de los empleados públicos esenciales como los sanitarios. A estos se les impuso horarios, jornadas y movilidad forzosa mediante un "aquí mando yo" amparado en la declaración del estado de alarma. Nada de esto nos impidió ser campeones europeos en casos y muerte por Covid19 en la primera ola y parece que tampoco en la segunda. Bajo la coartada del mega-bulo de la "falta de médicos" (aquí), el Gobierno se pasa por el arco de triunfo el sistema MIR, la cualificación médica especializada y, de paso, reduce a escombros los derechos laborales de los sanitarios públicos militarizándolos de tapadillo con un indecente, indigno y vergonzoso decreto que espero la justicia liquide por su desproporción arbitraria y por poner en riesgo la salud y dignidad de pacientes y profesionales. Más que una buena huelga, necesitamos un buen abogado y una buena justicia. Con este decreto, lo que quieren, gobierno central y autonómicos (todos callan, luego otorgan), es un "aquí mando yo" que les permita "gestionar" a su placentero antojo al personal sanitario. Un "aquí mando yo" propio de un estado de alarma, casi de guerra, sin el coste electoral ni los requisitos democráticos asociados a la declaración del mismo. En la práctica, propio de un estado totalitario. Por lo visto se "lucha" mejor contra la pandemia siendo totalitario más que democrático. Federico Relimpio lo cuenta a continuación.
El Real Decreto, por Federico Relimpio
Por Real Decreto. Así se ha aprobado. Me acabo de enterar, y les facilito el texto completo. Evito el fárrago del BOE y me voy de forma directa a algunas de sus consecuencias prácticas:Articulo 3. Prestación excepcional de servicios del personal médico y de enfermería estatutario, laboral y funcionario.
1.
«De
forma excepcional y transitoria, la comunidad autónoma correspondiente podrá́
destinar al personal estatutario de enfermería y médico facultativo
especialista de área de cualquier especialidad, dentro de su centro
hospitalario, a unidades asistenciales de otra especialidad distinta de la suya
cuando el numero de profesionales de dichas unidades no sea suficiente».
Conclusión
de una lectura literal: que un especialista en Anatomía Patológica de 58
años puede ser destinado para atender una planta de Medicina Interna o, peor
aún, las urgencias hospitalarias. El buen señor hace décadas que ve la
enfermedad a través de un microscopio. Más aun: los medicamentos que estudió en
la carrera ya no se emplean. Y además, ya ni se acuerda.
2.
«Igualmente,
cada comunidad autónoma podrá́ acordar que el personal de enfermería y médico
especialista estatutario que preste servicios en centros hospitalarios pase a
prestar servicios en los centros de atención primaria de su área de influencia
para realizar las funciones propias del personal médico de atención primaria,
de forma excepcional y transitoria, por insuficiencia de personal médico de atención
primaria».
Conclusión
de una lectura literal: que al señor del comentario anterior lo sacamos del
microscopio para enviarlo a veinte kilómetros, a ver 52 pacientes al día.
Insisto en lo de antes: que ya no se acuerda de lo que es una diabetes, una
hipertensión o una crisis de ansiedad, ni cuáles son los medicamentos para
tratarla.
Y cuándo le enseñan el ordenador, hay que darlo de baja a él, por ansiedad.
3.
«La
comunidad autónoma correspondiente también podrá́ destinar al personal
estatutario de la categoría de enfermería, médico/a o pediatra de atención
primaria, de forma excepcional y transitoria, a prestar servicios en sus
hospitales de referencia o a hospitales de campaña, si las necesidades
motivadas por la pandemia por COVID-19 así́ lo demandan».
Conclusión
de una lectura literal: ahora se trata de lo contrario; una doctora de un
pueblito, llamada a realizar sí o sí guardias en el Hospital. Sueros,
perfusiones, intubaciones, arritmias severas, código ictus e intentos de
autolisis. A vigilarla, no lo vaya a intentar ella. Porque esa medicina
moderna, para muchos nos es completamente desconocida.
4.
«Asimismo,
cada comunidad autónoma podrá́ destinar al personal funcionario autonómico de
los cuerpos o categorías para los que se exigiera para su ingreso el titulo de
Licenciatura, Grado o Diplomatura en Medicina o Enfermería, de forma
excepcional y transitoria y de manera motivada por la insuficiencia de personal
médico o de enfermería a causa de la pandemia por COVID-19, a cualquier
dispositivo asistencial del Sistema Nacional de Salud, dentro de su provincia
de destino».
Conclusión
de una lectura literal: por ejemplo, un forense de cuarenta y ocho años,
ducho él en averiguar problemas… de gente que ya no los tiene.
No voy a simplificar la cuestión. Sé que un Real Decreto es una disposición de rango mayor que vendrá luego regulada localmente por reglamentos y normativas. Solo llamo la atención del amplísimo margen de actuación que permite esta «legislación consolidada». Como decía Romanones: «dejad que ellos hagan la ley; yo haré el reglamento».
En la práctica, el Real Decreto da carta blanca a las autoridades de las taifas autonómica para tirar a conveniencia del personal, sin ton ni son, sin criterio de especialidad o antigüedad, invocando el principio de la emergencia. Una práctica «militarización» del Sistema Público de Salud donde primará el «tú sí, tú no», como siempre, y que crea un gravísimo precedente para cuando salgamos de la emergencia sanitaria. Se irá a dónde se le diga a una o uno, sin previo aviso o justificación.
No caigo en la trampa de descontextualizar. En el Real Decreto hay una exposición de motivos, donde se insiste en la emergencia sanitaria que estamos viviendo. El que les escribe lleva meses atento a la evolución de la pandemia, y lejos de uno la intención de trivializar. Solo que, a la hora del «diktat», cabe hacer algunas consideraciones:
1. Son varias las instancias que consideran que la gestión gubernamental — extendido al gobierno de las CCAA — es un elemento que explica nuestros pésimos resultados en esta pandemia. Y ello es aplicable tanto a la gestión inicial, como a la desescalada y a la inacción del verano. Por tanto, puede proponerse que la mano que firma este Real Decreto tiene mucho que explicarnos acerca de la exposición de motivos. Y si no, que se lo digan a los científicos del Lancet que insisten en la realización de una auditoría al respecto.
2. El colapso de Atención Primaria tiene otros componentes, que son atribuibles también a una pésima gestión de los RRHH por las CCAA durante al menos dos décadas, y a un menosprecio sistemático de este nivel de asistencia.
3. Como acabo de poner de manifiesto — pido perdón, si lo hice de modo chusco —, las medidas de emergencia dictadas pueden ser contraproducentes para la atención de la Salud poblacional y denotan un desconocimiento ostensible de la complejidad actual de la asistencia sanitaria.
Resumo: ellos debilitaron el Sistema de Salud hasta la extenuación, sobre todo en Primaria. Ellos, campeones reputados de Occidente en el mal hacer con la pandemia. Y ahora, los mismos quieren destrozar lo que queda del Sistema de Salud con un decretazo errático, que solo pone — más — de manifiesto su profunda incapacidad.
Termino: no sé a quién atribuir esta pieza magistral de la normativa sanitaria. Pero, firmarlo, lo firma el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez Pérez Castejón. Ignoro si esta réplica alcanzará alguna vez los ojos presidenciales. Es muy probable que no. Pero es mucho menos probable que suscite la emoción que debería suscitar en el Presidente que uno querría ver al mando de esta terrible crisis sanitaria: vergüenza. Un insoportable bochorno.
Firmado, Federico Relimpio, médico y escritor. Twitter @frelimpio
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