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domingo, 17 de octubre de 2021

La policía trae a tu consulta a una persona detenida para "valorarla" médicamente. ¿Has pensado qué hacer?

Un vídeo de "1 cada 8 horas" (aquí) ayuda a pensar en todo ello. Se entrevista a Fran Fernández (abogado y estudiante de sociología) y a Maribel Valiente (residente de medicina de familia). Son 52 minutos que pueden significar ofrecer profesionalidad en una consulta generalmente de alto contenido emocional ("consultas sagradas").




En nuestra propia práctica:

1.- Tú no eres parte de los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. 
Tú no eres parte de las "fuerzas del orden" [¿orden? ¿qué orden?] y estás mejor sin uniforme (sin bata). Tú ejerces una profesión que exige empatía con quien sufre, y más si hay detención de por medio, con la violencia y vulnerabilidad que implica. Tú siempre tienes obligaciones legales y deontológicas de prevenir y evitar los malos tratos y la tortura, sobre todo si hay privación de libertad. De hecho, “la falta de documentación y denuncia de trato denigrante, malos tratos o tortura al detenido, puede ser considerado como una forma de tolerancia y un acto de no-asistencia a la víctimas”, con sus consecuencias administrativas, civiles y penales.



2.- La persona detenida conserva todos sus derechos, por más que esté privada de libertad. 
Entre esos derechos, el rechazar la atención sanitaria. Pregunta, pues, si acepta dicha atención y qué espera de ella. No cabe el examen médico forzado por los agentes del orden. Cuida el lenguaje verbal y no verbal pues será casi seguro una consulta "sagrada", de alto contenido emocional, donde es clave cuidar y mantener la dignidad. Recuerda que también es de aplicación en estas personas la Declaración de Lisboa de la Asociación Médica Mundial sobre los Derechos de los Pacientes (aquí): “Toda persona tiene derecho, sin discriminación, a una atención médica apropiada. Todo paciente tiene derecho a ser atendido por un médico que tenga libertad para dar una opinión clínica y ética, sin ninguna interferencia exterior. El paciente siempre debe ser tratado respetando sus mejores intereses”.



3.- La privacidad y la confidencialidad son la norma (y tienen que ser poderosísimas las razones para saltarte la norma). 
La policía tiene que asegurar que la persona detenida no se escape, pero que lo haga con la mínima intromisión. A la policía no hay que entregarle el informe clínico de la asistencia, sólo las instrucciones necesarias para cumplir las medidas terapéuticas recomendadas; dicho informe clínico de asistencia se entregará en sobre cerrado a la persona detenida para incluirlo entre sus pertenencias (aquí).



4.- ¿Qué hacer ante una entrevista o exploración delicada?
Si la entrevista y/o exploración es delicada (genitales, uso de drogas ilegales, prostitución, historia de tortura, etc.) considera la presencia de otro profesional sanitario que ayude a tranquilizar y pueda corroborar hechos, en su caso.



5.- ¿Y si hubieran lesiones?
El parte de lesiones es fundamental y de su redacción depende mucho futuro de la persona detenida. Recuerda que suele haber una mala cumplimentación de datos, especialmente a/ en referencia a la descripción de los hechos, b/ el presunto agresor según el relato de la víctima, c/ la descripción del mecanismo causal y d/ la adecuada valoración médica y psicológica. Lee y medita el informe del Defensor del Pueblo: "Estudio sobre los partes de lesiones en personas privadas de libertad" (aquí).



Autores

Juan Gérvas, Doctor en Medicina, médico general jubilado, Equipo CESCA, Madrid, España. jjgervas@gmail.com  https://t.me/gervassalud

Mercedes Pérez-Fernández, Especialista en Medicina Interna, médico general jubilada, Equipo CESCA, Madrid, España. mpf1945@gmail.com



 





2 comentarios:

  1. LO que hay que hacer es cumplir la ley que dice que cuando un detenido se encuentra a disposición judicial, la asistencia médica la debe prestar el Forense adscrito al Juzgado. Cuando la detención es administrativa, es decir, por los agentes de la autoridad correspondiente, debe prestarla el personal del Servicio de Salud de la Comunidad Autónoma, no necesariamente la tención primaria, que debería organizarlo y no dejarlo al albur del centro de salud mas cercano, as usual, que sin experiencia ni asistencia sobre el tema deben interrumpir su ya sobrecargada agenda para afrontar un tema para el que no están avisados ni preparados, sin contar con las herramientas necesarias.

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  2. Me parece interesante el comentario anterior. Claro que es obligación del forense , por lo menos en los casos más complicados. En la práctica por desgracia somos los profesionales de urgencias los que tenemos que atender a estos pacientes.
    Por otro lado , la gran mayoría de los policías y guardias civiles que vigilan a estos pacientes les dan un trato correcto y digno.

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